top of page

RECLAMACIONES POR ACCIDENTE DE TRÁFICO

Desde el 1 de enero de 2016 los pasos son los siguientes:

  • Reclamar a la compañía aseguradora del vehículo causante, entregándole los informes médicos que tengamos

  • Nos visitarán sus servicios médicos (es obligatorio que se lo permitamos). 

  • La aseguradora en 3 meses nos hará una oferta que deberá estar motivada y desglosada. Nos dará también informe médico de la compañía.

 

Si no estamos conformes con la indemnización que nos ofrecen podemos iniciar las siguientes vías:

  • Procedimiento de mediación

  • Acudir al Instituto de Medicina Legal, donde de forma imparcial valorarán las lesiones y nos darán informe a nosotros y a la compañía. Este informe lo pagará la aseguradora

  • Renegociar con la aseguradora si el informe da más importancia a nuestras lesiones, buscando una indemnización mayor.

  • Iniciar la vía judicial si no diera resultado la negociación

  • Acudir a un perito privado si no estamos conformes con el informe del Instituto de Medicina Legal y acudir con él a reclamar en vía judicial.

 

Otra cuestión a tener en cuenta es que la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, supone un nuevo baremo de lesiones de tráfico. 

Afecta principalmente a las indemnizaciones a los grandes lesionados, que se incrementan en caso de muerte en un 50% de media y la indemnización por secuelas un 35%.

CONTACTE CON NOSOTROS

¡Bien! Mensaje recibido

bottom of page